Exigen al presidente Rodrigo Paz promulgar la ley del Estado de excepción y activar los decretos correspondientes
Un paso legislativo clave que aún requiere de decretos ejecutivos. Tras un intenso debate, la Cámara de Diputados sancionó y remitió al Órgano Ejecutivo el proyecto de ley que regula el Estado de excepción en el territorio nacional, luego de haber sido aprobado previamente en el Senado. Ahora, la norma se encuentra a la espera de ser promulgada por el presidente Rodrigo Paz.
Sin embargo, desde el Legislativo aclaran que la sola promulgación de esta ley de reglamento no activa de forma automática ninguna medida restrictiva. Para su aplicabilidad real ante emergencias, el presidente Paz debe dictar obligatoriamente un Decreto Supremo específico y someterlo de inmediato al control político parlamentario.
El procedimiento constitucional de 72 horas: El diputado Carlos Alarcón, de la alianza Unidad, explicó de forma detallada que el marco constitucional boliviano exige un procedimiento estricto en el que la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) tiene la última palabra:
-Emisión del Decreto Supremo: El presidente de Estado es el único facultado para declarar el Estado de excepción mediante decreto, fundamentando causas de fuerza mayor como peligro para la seguridad del Estado, amenaza externa, conmoción interna o un desastre natural.
-Control Legislativo: Una vez emitido el decreto por el Ejecutivo, este debe ser enviado de forma inmediata al pleno de la Asamblea.
-Plazo perentorio: Los parlamentarios disponen de un plazo máximo de 72 horas para sesionar, debatir y pronunciarse aprobando o rechazando la medida extraordinaria.
Exigen la publicación en la Gaceta Oficial: Hasta la mañana de este lunes, el documento de la ley regulatoria aún no había sido firmado ni promulgado por el primer mandatario. Ante esta situación, asambleístas de la oposición, entre ellos el diputado Alarcón y el senador José Manuel Ormachea, exigieron públicamente al dignatario de Estado dar curso inmediato a la norma y publicarla en la Gaceta Oficial del Estado para que entre en vigencia plena.
Cabe recordar que el Estado de excepción es un régimen jurídico extraordinario y temporal. Su finalidad constitucional es preservar el orden y la seguridad interna del país, pero bajo un estricto equilibrio de poderes para evitar vulneraciones a los derechos de la ciudadanía durante las situaciones de crisis.
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