Sentencia constitucional habilitaría candidatura de Paredes a alcaldía de El Alto
La intención del exalcalde de El Alto, José Luis Paredes, de postularse nuevamente a la Alcaldía en las elecciones subnacionales de 2026 ha sido cuestionada. La controversia surge debido al requisito electoral que exige una residencia de dos años ininterrumpidos en el municipio para poder inscribir una candidatura. Paredes retornó a la ciudad hace unos meses, después de haber vivido un tiempo en el exterior, lo que pone en entredicho el cumplimiento de este requisito.
Una potencial vía para habilitar la candidatura de Paredes reside en la Sentencia Constitucional Plurinacional 0087/2021-S4, emitida por el Tribunal Constitucional Plurinacional. Esta sentencia establece que una persona considerada como refugiado político tiene pleno derecho a inscribir su candidatura en el lugar donde desarrolló su vida en el país. La norma beneficia a aquellos que, por diferentes circunstancias, fueron obligados a salir al exterior del territorio boliviano.
José Luis Paredes salió de Bolivia durante el Gobierno de Evo Morales, momento en el que obtuvo la residencia como refugiado político en España. Tras su retorno, Paredes anunció su firme intención de postularse para la Alcaldía de la urbe alteña, la ciudad donde forjó su carrera política. Esta Sentencia Constitucional podría ser el respaldo jurídico que necesita para validar su residencia y postulación electoral.
La decisión final sobre la habilitación de la candidatura de Paredes dependerá de la interpretación y aplicación de la Sentencia Constitucional en el caso específico. Si el Tribunal Electoral y las instancias judiciales acogen esta jurisprudencia, Paredes podría sortear la barrera de la residencia física de dos años. Esta controversia subraya la complejidad de los procesos electorales para los líderes que estuvieron forzados al exilio.
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