Claves sobre el conflicto y el Estado de excepción contra los bloqueos de vías en Bolivia
El Gobierno del presidente Rodrigo Paz decretó este sábado la aplicación del Estado de excepción en todo el territorio nacional, una determinación extrema orientada de forma directa a levantar los bloqueos de carreteras que se mantienen activos en el país. Las movilizaciones, impulsadas desde principios de mayo por sectores campesinos y seguidores del expresidente Evo Morales, han generado graves consecuencias a nivel nacional, tales como un agudo desabastecimiento de alimentos, combustibles y oxígeno medicinal, además de pérdidas económicas millonarias. El respectivo Decreto Supremo 5636 dictamina que las Fuerzas Armadas apoyarán formalmente a la Policía Boliviana en las tareas de control y despeje de rutas, disponiendo de un plazo de 72 horas para que la medida sea analizada y validada por la Asamblea Legislativa Plurinacional.
A continuación, se detallan los puntos clave del conflicto y los alcances normativos del Estado de excepción vigente:
1. Antecedentes del conflicto y pérdidas económicas
El inicio de los bloqueos de carreteras se remonta al pasado 6 de mayo, tras consolidarse una alianza de movilización entre la Federación de Campesinos de La Paz, la Central Obrera Boliviana (COB) y determinadas organizaciones vecinales de la urbe de El Alto. A este bloque de protesta se sumaron progresivamente agrupaciones leales a Evo Morales, coincidiendo en la demanda principal de exigir la renuncia del presidente Rodrigo Paz.
Aunque el viernes la COB suscribió un acuerdo formal con el mandatario para avanzar en la pacificación del país, los sectores campesinos y las facciones leales a Morales rechazaron el acercamiento y ratificaron la continuidad de las medidas de presión. Hasta la fecha, el conflicto ha dejado múltiples ciudades desabastecidas y pérdidas económicas acumuladas que superan los 3.000 millones de dólares. Si bien los cortes de rutas se originaron en La Paz y se expandieron a ocho de los nueve departamentos del país alcanzando un centenar de puntos, la cifra de cortes viales disminuyó a partir de la semana pasada, registrándose este sábado cerca de 44 bloqueos activos localizados en cuatro departamentos.
2. Justificación del anuncio presidencial
El presidente Rodrigo Paz, quien cumple siete meses de gestión al frente del Gobierno nacional, argumentó que la decisión de dictar el Estado de excepción responde al agotamiento de todas las instancias de diálogo posibles y tras haber concretado acuerdos con sectores que sostenían demandas legítimas. El jefe de Estado aclaró que la medida "no pretende quitar la normalidad sino devolverla", permitiendo que las regiones afectadas vuelvan a recibir suministros esenciales de la canasta familiar, carburantes y productos de salud. Asimismo, Paz denunció públicamente que dentro de las movilizaciones operan infiltrados vinculados al narcoterrorismo desde la región del Trópico de Cochabamba, bastión político de Morales, con la intencionalidad de consolidar un golpe de Estado.
3. Prohibiciones y restricciones vigentes
Bajo el denominativo oficial de “Estado de Excepción por Conmoción Interna”, la medida tendrá una vigencia máxima de hasta 90 días en todo el territorio boliviano, autorizando a las Fuerzas Armadas a coadyuvar con la Policía Boliviana en el restablecimiento del orden público. Durante este período, quedan expresamente prohibidas las siguientes acciones:
- Realizar bloqueos de carreteras o cortes de rutas viales.
- Impedir el transporte o la comercialización de alimentos, combustibles, insumos médicos u otros bienes esenciales.
- Ejercer actos de violencia o amedrentamiento para obligar a la población a sumarse a las medidas de presión.
- Transportar o utilizar materiales explosivos, sustancias inflamables o elementos de obstrucción.
- Portar armas blancas o armas de fuego.
4. Sanciones aplicables y garantías ciudadanas
Los efectivos de la Policía y de las Fuerzas Armadas se encuentran plenamente facultados para proceder al arresto de aquellas personas que incumplan las disposiciones del decreto, debiendo remitir a los ciudadanos ante la autoridad competente en un plazo que no exceda las ocho horas. De forma paralela, el texto del decreto estipula de manera taxativa que el Estado de excepción no suspende las garantías constitucionales ni los derechos fundamentales, salvaguardando el debido proceso, el derecho a la información y los derechos de las personas privadas de libertad. Las actividades cotidianas de la población, el comercio, los servicios bancarios, centros médicos y mercados continuarán funcionando con normalidad, sin existir restricciones generales para transitar o realizar reuniones de personas.
5. Aplicación de restricciones focalizadas
El Decreto Supremo 5636 faculta a los ministerios de Gobierno y de Defensa para implementar de manera excepcional y temporal restricciones focalizadas en zonas geográficas específicas. Estas medidas se definirán bajo criterios técnicos de evaluación de riesgos y necesidades operativas de protección a bienes e intereses estratégicos. Las acciones localizadas pueden contemplar limitaciones directas a la libertad de circulación si esta tiene fines de bloqueo, así como el establecimiento de toques de queda o normativas de “ley seca” estrictamente en las zonas intervenidas para prevenir escenarios de violencia. El análisis final de la norma se derivó a la Asamblea Legislativa, que fijó sesión formal para evaluar el decreto presidencial.
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